INFORMACIÓN ARANCEL

ACUERDO GUBERNATIVO No.238-2022

Guatemala, 16 de septiembre 2022

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO

Que el Decreto Número 51-2007 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Garantías Mobiliarias, establece que el Organismo Ejecutivo por medio del Ministerio de Economía emitirá el Arancel del Registro de Garantías Mobiliarias, donde se establezcan los honorarios a cobrar a los usuarios por los servicios que presta, los cuales no podrán ser progresivos.

CONSIDERANDO

Que en Acuerdo Gubernativo Número 55-2010 con fecha 10 de febrero de 2010 se emitió el Arancel del Registro de Garantías Mobiliarias, sin embargo, es necesario la emisión de un nuevo cuerpo normativo que readecúe el costo de los honorarios de cada una de las operaciones y servicios del Registro de Garantías Mobiliarias, de acuerdo a la naturaleza de los bienes muebles sujetos a garantía mobiliaria, con el objeto de reducir sus costos y de esta manera favorecer a la población guatemalteca y a la vez, promover y facilitar el registro de todas las operaciones relacionadas con garantías sobre bienes muebles.

POR TANTO

En ejercicio de las funciones que le confiere el Artículo 183 literal e) de la Constitución Política de la República de Guatemala y, con fundamento en el artículo 40 de la Ley de Garantías Mobiliarias, Decreto Número 51-2007 del Congreso de la República de Guatemala.

ACUERDA

Emitir el siguiente:

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Tarifario

Actos RegistralesMotocicletas
(2-3 Ruedas)
FacturasLeasingOtros (Incl. Vehículos 4 ruedas)
InscripciónQ. 50.00Q. 5.00Q. 75.00Q. 300.00
ModificaciónQ. 25.00Q. 5.00Q. 50.00Q. 100.00
CancelaciónQ. 25.00Q. 5.00Q. 50.00Q. 100.00
EjecuciónQ. 25.00Q. 5.00Q. 50.00Q. 100.00
BúsquedaQ. 0.00Q. 0.00Q. 0.00Q. 0.00
CertificaciónQ. 20.00Q. 20.00Q. 20.00Q. 20.00
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